Biblioteca Ecológica
Propósito: |
Reunir y difundir informes y documentos relevantes que resulten de las actividades científicas académicas, trabajos técnicos o de cualquier otra índole en materia ambiental y de preservación de recursos naturales, realizados en el país por personas físicas o morales, nacionales o extranjeras .Por lo que toda persona tendrá derecho a la información que la autoridad Estatal y Municipal tenga a su disposición en materia ambiental ya sea información escrita, visual o en forma de base de datos en materia de agua, aire, suelo, flora, fauna y recursos naturales en general, así como sobre las actividades o medidas que puedan afectarlos. |
Requisitos: |
- Toda petición de información ambiental deberá presentarse por escrito, especificando claramente la información que se solicita y los motivos que justifiquen la petición.
- Los solicitantes deberán identificarse indicando su nombre o razón social y domicilio.
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Sector |
Tiempo de Respuesta |
Formato |
Dirección General de Vigilancia e Impacto Ambiental |
Inmediata |
No aplica |
Fundamento Jurídico - Administrativo: |
Artículos 7, 57 al 62 de la Ley del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente para el Estado de Morelos. Artículos 1, 3, 4 y 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado. Artículos 3 y 4 de la Ley que crea el Organismo Público descentralizado del Gobierno del Estado de Morelos, denominado Comisión Estatal del Agua y Medio Ambiente. Artículos 6 Fracciones II y III, 36 Fracción XIII, del Reglamento Interior del Organismo Público descentralizado del Gobierno del Estado de Morelos, denominado Comisión Estatal del Agua y Medio Ambiente. |
Observaciones: |
La respuesta será inmediata para solicitudes de acervo bibliográfico. Se denegará la entrega de información cuando: 1. Se considere por disposición legal que la información es confidencial o que por su propia naturaleza su difusión afecta la seguridad de la entidad, zona o área de la misma. 2. Se trate de información relativa a procedimientos judiciales o de inspección y vigilancia pendientes de resolución. 3. Se trate de información aportada por terceros cuando no estén obligados por disposición legal a aportarla. 4. Se trate de información sobre inventarios e insumos y tecnologías de procesos incluyendo la descripción del mismo. En caso de que la autoridad conteste negativamente la solicitud deberá señalar las razones que motivaron la resolución. |
Oficinas |
Dirección o Área |
Nombre del Responsable |
Subsecretaría Ejecutiva de Ecología y Medio Ambiente |
Lic. Francisco Torres Bravo |
Área donde se Proporciona: |
Horario de Atención |
Dirección General de Vigilancia e Impacto Ambiental |
08:00 a 17:00 hrs. de Lunes a Viernes |
Domicilio |
Bajada de Chapultepec No. 27, Col. Chapultepec, Cuernavaca, Morelos |
Teléfono |
Correo Electrónico |
(777) 1000589 y 10005990 Ext. 111 |
frncisco.torres@morelos.gob.mx
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Área de Pago |
No aplica |
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para mayor información contactar.
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