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Reglas de operación de programas de infraestructura hidroagrícola:

1. Presentación General.

2. Programas de Alianza para el Campo

2.1. Presentación General.
2.2. Participación Institucional.

2.2.1. Del Gobierno Federal a través de la CNA.
2.2.2. Del Gobierno del Estado.
2.2.3. De las Gerencias de la CNA en los Estados.
2.2.4. Del Consejo Estatal Agropecuario.
2.2.5. Del Comité Técnico del Fideicomiso Estatal (FOFAE).
2.2.6. De los Subcomités Hidroagrícolas.
2.2.7. Del Subcomité Técnico Operativo de Evaluación.
2.2.8. De la Coordinación de los Programas Hidroagrícolas de la CNA con los Programas de Fomento Agrícola de la SAGARPA.

2.3. De los Subsidios.
2.4. De los Gastos de Seguimiento, Control y Supervisión.
2.5. Del Seguimiento, Evaluación de Resultados y Control de los Programas.
2.6. De los Imprevistos y del Incumplimiento de las Asociaciones de Usuarios de Riego y de los Productores Beneficiarios de los Programas.
2.7. De las Empresas Constructoras y Prestadoras de Servicios.

3. Programa de Rehabilitación y Modernización de Distritos de Riego.
3.1. Objetivo.
3.2. Población Objetivo.
3.3. Componentes Generales de Apoyo.
3.4. Requisitos y Criterios de Elegibilidad.
3.5. Especificaciones Técnicas del Programa.

4. Programa de Desarrollo Parcelario.
4.1. Objetivo.
4.2. Población Objetivo.
4.3. Componentes Generales de Apoyo.
4.4. Requisitos y Criterios de Elegibilidad.
4.5. Especificaciones Técnicas del Programa.

5. Programa de Uso Eficiente del Agua y la Energía Eléctrica.
5.1. Objetivo.
5.2. Población Objetivo.
5.3. Componentes Generales de Apoyo.
5.4. Requisitos y Criterios de Elegibilidad.
5.5. Especificaciones Técnicas del Programa.

6. Programa de Uso Pleno de la Infraestructura Hidroagrícola.
6.1. Objetivo.
6 .2. Población Objetivo.
6 .3. Componentes Generales de Apoyo.
6 .4. Requisitos y Criterios de Elegibilidad.
6 .5. Especificaciones Técnicas del Programa.

 

1. Presentación General.

El objetivo de los programas de Infraestructura Hidroagrícola es hacer un uso eficiente del agua, así como aumentar la producción y productividad en la agricultura de riego y de temporal tecnificado, además de ampliar la frontera agrícola en áreas de riego y de temporal, y proteger las áreas productivas contra inundaciones.

Estas Reglas de Operación se aplicarán a cuatro programas, cuya instrumentación se efectúa bajo dos orientaciones:
1.1. Ejercido por los productores que responde a la demanda bajo el esquema de operación de la Alianza para el Campo, con los siguientes programas:

Rehabilitación y Modernización de Distritos de Riego.
Desarrollo Parcelario.
Uso Eficiente del Agua y la Energía Eléctrica.
Uso Pleno de la Infraestructura Hidroagrícola.

 

2. Programas de Alianza para el Campo


2.1. Presentación General.

Los programas de Rehabilitación y Modernización de Distritos de Riego, Desarrollo Parcelario, Uso Eficiente del Agua y la Energía Eléctrica, y Uso Pleno de la Infraestructura Hidroagrícola se conjuntaron con los de la Alianza para el Campo, mediante Acuerdo signado el 10 de febrero de 1997, entre la CNA y la entonces Secretaría de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, con el fin de integrar un programa para impulsar el desarrollo y fomento agrícola en todos sus aspectos, que beneficie y mejore la producción, el ahorro de agua y la economía regional.

En el marco de la Alianza, los proyectos financiados con estos programas son definidos con base en la demanda de los propios productores. Con el propósito de coordinar los esfuerzos y los recursos de los órdenes federal y estatal en apoyo a estos programas, se crearon los Fideicomisos Fondo de Fomento Agropecuario Estatal, en adelante denominados FOFAE, a los cuales se transfieren los recursos de ambos órdenes de gobierno, que deberán ser ejercidos con apego a estas Reglas.

Estos Fideicomisos constituidos en el entonces Banco Nacional de Crédito Rural, S.N.C, en adelante denominado como BANRURAL, deberán llevar su contabilidad distinguiendo en cuentas separadas por programa los recursos depositados por el Gobierno Federal, y los del Gobierno Estatal, así como los intereses generados por cada uno de estos depósitos.

Los FOFAE están integrados por un Comité Técnico, auxiliados por los Subcomités Hidroagrícolas y Técnico Operativo de Evaluación.

La programación de las acciones y de los recursos presupuestarios de estos programas, se realiza conforme a la planeación estatal sectorial de metas, alcances y recursos establecida por el Subcomité Hidroagrícola del FOFAE, en coordinación con los Consejos Estatales Agropecuarios.

2.2. Participación Institucional.
A continuación se establecen las atribuciones y responsabilidades para cada una de las partes.


2.2.1. Del Gobierno Federal a través de la CNA.

Definir los Anexos de Ejecución y Técnicos para cada programa operativo.

Radicar los recursos presupuestarios convenidos con cada Gobierno Estatal en el FOFAE correspondiente.

Vigilar la operación de los programas a su cargo dentro de la Alianza para el Campo, haciendo énfasis en el ejercicio que los Estados hacen de los recursos que les aporta la Federación, con base en la normatividad establecida y llevar a cabo un sistema de seguimiento de resultados a nivel estatal y nacional.

Otorgar capacitación a los productores, directivos y técnicos de las asociaciones de usuarios de riego con sus propios técnicos o a través de instituciones de enseñanza e investigación y de empresas, que cuenten con técnicos especializados de manera coordinada con la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, en adelante denominada SAGARPA, y con los Gobiernos de los Estados.

Establecer los criterios para la integración y selección de las empresas e instituciones de enseñanza e investigación que impartirán la capacitación.

Integrar y actualizar el catálogo de empresas y de instituciones de enseñanza e investigación que impartirán la capacitación.

Emitir los lineamientos e indicadores para la evaluación de los programas hidroagrícolas a nivel estatal y nacional.

Convocar, seleccionar y contratar a las instituciones o empresas que realicen la evaluación de los programas a nivel nacional, conforme al perfil determinado por la CNA.

Informar a la SHCP y a la SECODAM, del avance físico y financiero de los programas con la periodicidad establecida de conformidad al artículo 70 del Presupuesto de Egresos de la Federación.


2.2.2. Del Gobierno del Estado.

Consolidar el Consejo Estatal Agropecuario como instancia de planeación, integrado por dependencias federales y estatales relacionadas con el campo, con la amplia participación de las organizaciones de productores.

Radicar y etiquetar los recursos presupuestarios que aporte a cada programa en el FOFAE, constituido al efecto en el entonces BANRURAL, así como apoyar al Subcomité Hidroagrícola del mismo en la aplicación de la normatividad y mecánica operativa de los programas.

Convocar a las organizaciones de productores a fin de informarles de los beneficios, alcances, criterios de jerarquización de los beneficiarios y requisitos para ser elegibles a estos apoyos y solicitarles que los promuevan y difundan entre sus agremiados.

Difundir conjuntamente con la Gerencia de la CNA en el Estado, los sitios de atención y recepción de la documentación de los productores interesados en participar en el programa.

Promover la participación de los organismos financieros locales y regionales, Bancos y organizaciones auxiliares del crédito, mediante el establecimiento de esquemas de financiamiento.

Recibir a través de los Distritos de Desarrollo Rural las solicitudes de los productores y enviarla a la Gerencia de la CNA en el Estado, para que integren el expediente técnico y darle trámite de acuerdo a lo establecido en los procedimientos operativos de cada programa.

Presidir el Subcomité Hidroagrícola, órgano auxiliar del Comité Técnico del FOFAE para los programas Hidroagrícolas.

Presidir el Subcomité Técnico Operativo de Evaluación de los programas Hidroagrícolas conforme a los lineamientos y términos de referencia que emita la CNA.

Conjuntar, revisar y resguardar la documentación soporte de los pagos efectuados por concepto de los apoyos del programa.

2.2.3. De las Gerencias de la CNA en los Estados.

Participar con el Gobierno del Estado en la promoción de los Programas de Infraestructura Hidroagrícola.

Coordinarse con los organismos federales del sector agropecuario en el Estado, para proporcionar asistencia técnica y capacitación a los productores y sus organizaciones.

Recibir a través de sus diferentes áreas las solicitudes de los productores para participar en los programas Hidroagrícolas.

Vigilar que el ejercicio de los recursos presupuestarios, se realice con base en lo establecido en estas Reglas de Operación.

Solicitar la aprobación de la Subdirección General de Operación de la CNA sobre las propuestas estatales de modificación, de metas y/o recursos presupuestarios entre programas y participar con el Gobierno del Estado en la formulación de las modificaciones correspondientes a los Anexos de Ejecución y Técnicos de esos programas.

Participar como vocal en el Comité Técnico del FOFAE, como Secretario Técnico en el Subcomité Hidroagrícola y en el Subcomité Técnico Operativo de Evaluación Estatal.

Informar a la Subdirección General de Operación de la CNA, conforme a la periodicidad indicada en la normatividad de cada programa, de los avances físico-financieros, así como el resultado de la evaluación anual llevada a cabo por el Subcomité Técnico Operativo de Evaluación en cada uno de los programas.

Integrar y actualizar el Catálogo de Empresas Constructoras y de Servicios Confiables.

Elaborar y poner a disposición de los productores los catálogos en donde se especifiquen los índices de productividad del agua, de la tierra y la lámina de riego utilizada para la dictaminación y evaluación de los proyectos y programas.

Elaborar y poner a disposición de los productores el catálogo y las especificaciones técnicas para las obras hidroagrícolas, así como para la maquinaria de conservación, de equipo de estaciones agroclimatológicas para el pronóstico del riego en tiempo real, así como el de precios unitarios de las obras y de la maquinaria y equipo.

Estos catálogos, especificaciones técnicas y precios unitarios se utilizan para que las empresas constructoras, prestadoras de servicios y proveedoras de maquinaria y equipo, presenten sus propuestas técnicas y económicas; asimismo, sirven de referencia para la dictaminación y evaluación de dichas propuestas.

Dar seguimiento, y supervisar los avances de los programas Hidroagrícolas, con base en la información que le proporcione el Comité Técnico del FOFAE.

Otorgar el apoyo técnico que soliciten las asociaciones de productores, los productores elegibles y el Gobierno del Estado para la promoción, instrumentación y ejecución de los programas.

Formular conjuntamente con el Subcomité Hidroagrícola los programas y presupuestos anuales con base en las solicitudes de los productores y las prioridades de los Gobiernos Estatales y someterlos a consideración del Comité Técnico.

Informar y promover entre las asociaciones de productores y los productores agrícolas usuarios del riego, los cursos de capacitación que la CNA tiene programados acerca de los temas de: Técnicas de Riego, Conservación y Mantenimiento de la Infraestructura Hidroagrícola, Administración y Organización de los Distritos de Riego y de las Unidades de Riego para el Desarrollo Rural.

Emitir el dictamen técnico, socioeconómico y financiero de los proyectos presentados por los productores.


2.2.4. Del Consejo Estatal Agropecuario.


Participar en la definición de las prioridades para la aplicación de los recursos para los programas Hidroagrícolas, que se ejercerán en el Estado.

Dar seguimiento a los programas Hidroagrícolas, analizar los resultados alcanzados y proponer procedimientos para mejorar la operación de los mismos.

2.2.5. Del Comité Técnico del Fideicomiso Estatal (FOFAE).

El Comité Técnico del FOFAE está integrado paritariamente por representantes del Gobierno Federal y del Gobierno Estatal quien lo preside, el Secretario Técnico es designado por el Comité. El Gerente de la CNA en el Estado es uno de los representantes del Gobierno Federal. En el caso de los programas Hidroagrícolas el Comité Técnico tendrá las siguientes responsabilidades:

Publicar los componentes y montos de apoyo por programa hidroagrícola establecidos en los Anexos Técnicos, así como las asignaciones convenidas entre la Federación y el Gobierno del Estado.

Autorizar apoyos diferenciados, considerando únicamente los recursos estatales asignados en cada programa hidroagrícola, conforme a la tipificación de estratos de productores validados por el Consejo Estatal para el Desarrollo Rural Sustentable y adjuntarlo a los Anexos Técnicos respectivos.

Aprobar los apoyos solicitados por los productores de riego o las Asociaciones Civiles de Usuarios, en adelante denominadas ACU y autorizar el monto a otorgar de conformidad con los mecanismos y los criterios de jerarquización de cada uno de los programas, establecidos en las presentes Reglas de Operación, verificando la elegibilidad y previo dictamen técnico, socioeconómico y financiero favorable emitido por la Gerencia de la CNA en el Estado.

Autorizar el pago de los apoyos con cargo al FOFAE, con base a los procedimientos operativos de cada programa hidroagrícola.

Para el otorgamiento de los apoyos, deberá revisar previamente, que no exista duplicidad de beneficios en los programas de la SAGARPA y la CNA, para un mismo productor. Se deberá también revisar que no exista duplicación de beneficios entre los diferentes programas de la CNA que atienden al mismo grupo de beneficiarios.

Solicitar trimestralmente al BANRURAL, el informe desglosado de los saldos e intereses generados por los recursos depositados por el Gobierno Federal y el Gobierno Estatal, en el FOFAE de cada programa hidroagrícola, a más tardar los primeros cinco días hábiles posteriores al término de cada trimestre.

Presentar informes trimestralmente a la CNA y al Gobierno del Estado de los saldos e intereses generados por los recursos depositados en el FOFAE de cada programa hidroagrícola.

Acordar conjuntamente con la Gerencia de la CNA en el Estado las metas, montos y/o plazos de ejecución de las obras a realizar por cada programa, con las justificaciones pertinentes, y en base a la normatividad establecida en las presentes Reglas.

Presentar informes mensuales al Gobierno del Estado y a la CNA, sobre el avance físico y financiero de cada programa hidroagrícola.

Autorizar el pago a las empresas o instituciones evaluadoras encargadas de la evaluación anual de los programas, una vez que se haya comprobado el cumplimiento de los servicios contratados mediante carta de aceptación emitida por la CNA.

En el seno de los FOFAES se buscará que los apoyos federales que se otorgan a través del Programa de Alianza para el Campo se apliquen a proyectos y acciones que se complementen entre sí.

2.2.6. De los Subcomités Hidroagrícolas.

Los Subcomités Hidroagrícolas están constituidos paritariamente por representantes del Gobierno Federal y del Gobierno Estatal, el de este último será el Presidente del mismo; el Gerente de la CNA en el Estado será el Secretario Técnico. El Subcomité Hidroagrícola tendrá las siguientes responsabilidades:

Verificar que no exista duplicidad en el otorgamiento de apoyos para los programas de la CNA y SAGARPA y con otros programas federales.

Participar como un órgano auxiliar del Comité Técnico del FOFAE, para integrar y emitir opinión al Comité Técnico, sobre las solicitudes de apoyo con base en el dictamen de la Gerencia de la CNA en el Estado.

Convocar públicamente a las empresas constructoras y de servicios a participar, para que con base en las características de cada programa, se inscriban en la Gerencia de la CNA en el Estado a fin de ser seleccionadas como empresas confiables, para lo cual presentarán la documentación indicada en la normatividad específica de cada programa establecidas en estas Reglas.

Comunicar oficialmente por escrito a aquellas que quedaron inscritas en el padrón de empresas confiables. De la misma manera se les informará a las empresas que no fueron seleccionadas, indicándoles el motivo de esta decisión.

Integrar la información sobre los avances físicos y financieros, participar en la verificación física de los trabajos y presentar reportes mensuales al Comité Técnico del FOFAE.

Elaborar un programa de capacitación para los productores de riego, el cual será financiado con los intereses generados por los recursos depositados en el FOFAE y complementario a las acciones de Capacitación de Productores de Riego de la CNA.

Informar a la CNA y al Gobierno del Estado los resultados de la evaluación anual de los programas.

2.2.7. Del Subcomité Técnico Operativo de Evaluación.

El Subcomité Técnico Operativo de Evaluación de los programas Hidroagrícolas será un órgano auxiliar del Subcomité Hidroagrícola del FOFAE y estará integrado por un representante del Gobierno del Estado quien lo presidirá, dos representantes de la CNA, un representante de los productores y, de ser factible, la participación a título honorífico de dos profesionales o académicos con prestigio reconocido, experiencia y calificación en materia de evaluación.

Conforme a los lineamientos e indicadores determinados por la CNA para cada programa y que aparecen en los Anexos Técnicos deberán:

Informar al Subcomité Hidroagrícola del FOFAE, sobre los lineamientos para la evaluación anual de los programas Hidroagrícolas.

Sin detrimento de la evaluación de resultados de los programas a que se refiere el artículo 70 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del año 2001, convocar, seleccionar y contratar a las instituciones, empresas y profesionales, o convocar y seleccionar al personal técnico de la CNA y/o del Gobierno del Estado que cuenten con el perfil requerido para que realicen la evaluación anual de los programas.

Informar al Subcomité Hidroagrícola de los resultados de la evaluación anual de los programas.

2.2.8. De la Coordinación de los Programas Hidroagrícolas de la CNA con los Programas de Fomento Agrícola de la SAGARPA.

A fin de evitar la duplicidad de apoyos de estos programas para las mismas componentes, el Subcomité Hidroagrícola del FOFAE deberá coordinar las acciones de los programas de la CNA con los de la SAGARPA.

2.3. De los Subsidios.

El Gobierno Federal a través de la CNA, podrá otorgar subsidios, para los diversos componentes de los programas Hidroagrícolas, cuya aplicación se hará con el mismo porcentaje de participación para todos los productores de los diferentes Estados. La distribución de estos recursos atiende los criterios de jerarquización y de elegibilidad que establecen las presentes Reglas de Operación en el marco de la Alianza para el Campo.
Cuando los recursos solicitados sean mayores a los asignados, la jerarquización de las solicitudes se hará en función de los indicadores de rentabilidad de los proyectos, preferentemente el Valor Presente Neto, y de acuerdo con los siguientes criterios y prelación:

1. Mayor nivel de marginalidad de los beneficiarios.

2. Mayor número de productores beneficiados.

3. Mayor número de hectáreas beneficiadas.

Los Gobiernos de los Estados con sus recursos podrán otorgar subsidios diferenciados a los productores para integrar parcial o totalmente la parte que les corresponde aportar a éstos.

Los intereses que se obtengan de los recursos depositados en el FOFAE, se deberán destinar a:

1. La capacitación de los directivos y técnicos de las ACU y de los propios productores, y

2. La ampliación de metas de los programas.

2.4. De los Gastos de Seguimiento, Control y Supervisión.

Los gastos de operación para que las Gerencias de la CNA en los Estados realicen la supervisión, integren los expedientes técnicos de cada obra y otorguen la asistencia técnica, serán cubiertos y ejercidos por las mismas con cargo a su presupuesto normal de operación autorizado.


2.5. Del Seguimiento, Evaluación de Resultados y Control de los Programas.

Del Seguimiento

El Subcomité Hidroagrícola informará mensualmente a la Gerencia de la CNA en el Estado, de los avances físico-financiero de cada uno de los proyectos aprobados en el FOFAE.

La Gerencia de la CNA en el Estado, con base en los avances remitidos por el Subcomité, elaborará reportes mensuales de seguimiento de cada programa específico, que enviará a la Subdirección General de Operación.

De la Evaluación de Resultados

La evaluación del impacto de los programas hidroagrícolas ejercidos a través de la Alianza para el Campo, se realiza con los Indicadores Estratégicos de Evaluación de Resultados consignados en la Estructura Programática, que se señalan a continuación:

Infraestructura de riego rehabilitada en Distritos y Unidades de Riego.
La fórmula está integrada por: la superficie rehabilitada en ha (Sr) entre la superficie por rehabilitar en el año considerando la mezcla de recursos en que participa la CNA en ha (Sar), por 100.
Sr x 100 Sar

Este indicador es aplicable a los programas de Rehabilitación y Modernización de Distritos de Riego y al de Uso Eficiente de la Infraestructura Hidroagrícola en Unidades de Riego.

Superficie conservada de distritos de riego.

La fórmula está integrada por: la superficie conservada en ha (Sc) entre la superficie que se tiene programada conservar en el año en ha (Sac), por 100.
Sc x 100 Sac

Este indicador es aplicable al Programa de Desarrollo Parcelario de Distritos de Riego.

Pozos rehabilitados en unidades de riego.

La fórmula está integrada por: el número de pozos rehabilitados (Pr) entre la meta de pozos por rehabilitar en el año (Par), por 100.
Pr x 100 Par

Este indicador es aplicable al Programa de Uso Eficiente del Agua y la Energía Eléctrica en Unidades de Riego.

Para la evaluación anual, que se realizará al término de los trabajos realizados durante el año de los programas de Rehabilitación y Modernización de Distritos de Riego, y de Uso Pleno de la Infraestructura Hidroagrícola, se utilizará un mismo marco metodológico, a través de instituciones de educación superior, organizaciones relacionadas con el Sector Hidroagrícola de reconocido prestigio, personal técnico de la CNA o del Gobierno del Estado que reúnan el perfil requerido para realizar estos trabajos o por empresas que demuestren su experiencia bajo un proceso comparativo de ofertas. Se utilizarán los siguientes indicadores:

Eficiencia de Conducción.

Este indicador se aplicará a las redes de distribución del agua beneficiadas con el programa, para conocer el volumen de agua anual recuperado al disminuir las pérdidas de conducción por infiltración, fugas en puntos particulares y derrames.

Eficiencia de Aplicación.

Este indicador se aplicará en las parcelas beneficiadas con el programa para conocer el volumen de agua anual recuperado al disminuir las pérdidas de aplicación por infiltración fuera de la zona de raíces y escurrimiento superficial (coleos) fuera de las parcelas.

Mejoramiento de los Rendimientos de los Cultivos.

El rendimiento de los cultivos depende de la oportunidad con que se aplique el riego en las etapas fenológicas críticas (floración y llenado del fruto), por eso se considera el aumento de los rendimientos como indicador en las zonas de riego beneficiadas.

Valor de la Producción.

Finalmente todas las inversiones se deben reflejar en el aumento del valor de la producción, por lo que en las áreas de riego beneficiadas se considera este indicador, que se deriva de los incrementos en el rendimiento y en la superficie cosechada, aplicando los precios rurales.

Los resultados obtenidos de los indicadores señalados, constituirán la base para determinar el impacto incremental de los beneficios económicos derivados del programa.

Para evaluar los resultados del Programa Uso Eficiente del Agua y la Energía Eléctrica de la Alianza para el Campo, el Subcomité Hidroagrícola por conducto del Subcomité Técnico de Evaluación, y con el apoyo de las Gerencias de la CNA en los Estados, obtendrá los siguientes indicadores: número de pozos y sus equipos de bombeo rehabilitados, volumen concesionado, superficie de riego, estimación del ahorro de consumo de energía eléctrica, ahorro en el costo de extracción unitario y como resultado el ahorro económico en el costo de energía eléctrica para los productores.

Los resultados obtenidos de los indicadores señalados, constituirán la base para determinar el impacto incremental de los beneficios económicos derivados del programa.

Los programas serán evaluados económicamente, a partir de la diferencia de valores obtenidos de las variables: volúmenes, cultivos, láminas de riego, eficiencias de conducción y aplicación, costos de producción y rendimientos.
Para obtener estos indicadores se deberá considerar lo siguiente, por ciclo de producción y tipo de cultivos, en cada ACU, Sociedades de Responsabilidad Limitada de los Distritos de Riego, en adelante denominadas como SRLDR o Unidad de Riego beneficiada:

Inversión total del programa o proyecto autorizado (miles $).

Aportaciones realizadas por fuente de financiamiento CNA, productores y Gobierno del Estado (miles $ por programa o proyecto).
Superficie beneficiada (Ha).

Superficie total de la unidad (Ha).

Superficie sembrada (Ha).

Superficie física regada (Ha).

Superficie cosechada (Ha).

Superficie ociosa (Ha).

Número de productores que se benefician.

Tipo de productores que se benefician, con base al tamaño de parcela (Ha).
Volumen bruto (m3).

Producción (Ton).

Rendimiento (Ton/Ha).

Precio rural ($/Ton).

Valor de la producción ($).

Costos de producción de los principales cultivos ($/Ha).

Indice de productividad en riego ($/m3).

Indice de productividad (Kg/m3).

Los indicadores que se utilizarán para el Programa de Uso Eficiente del Agua y la Energía Eléctrica son:

Número de productores que se benefician.

Tamaño de las parcelas por productor (Ha).

Superficie total de la unidad (Ha).

Superficie sembrada (Ha).

Superficie física regada antes (Ha).

Superficie física regada después (Ha).

Superficie cosechada (Ha).

Volumen autorizado antes (m3).

Volumen autorizado después (m3).

Consumo de energía eléctrica antes (Gw/h).

Consumo de energía eléctrica después (Gw/h).

Costo unitario antes ($/m3).

Costo unitario después ($/m3).

Producción (Ton).

Rendimiento (Ton/Ha).

Precio rural ($/Ton).

Valor de la producción ($).

Índice de productividad ($/m3).

Índice de productividad del agua ($/m3).

Para evaluar los resultados del Programa de Desarrollo Parcelario, se obtendrá el siguiente indicador: superficie conservada y/o nivelada.

Los resultados obtenidos del indicador señalado, constituirá la base para determinar el impacto incremental de los beneficios económicos derivados del programa.

La información complementaria que se utiliza para la evaluación del Programa de Desarrollo Parcelario es:

Inversión total del programa o proyecto autorizado (miles $).

Aportaciones realizadas por fuente de financiamiento CNA, productores y Gobierno del Estado (miles $ por programa o proyecto).

Superficie beneficiada (ha).

Número de productores que se benefician.

Costos de conceptos de conservación a contrato ($/unidad de medida del concepto).

Costos de conceptos de conservación con el equipo ($/unidad de medida del concepto).

Costos de nivelación de tierras a contrato ($/unidad de medida del concepto).

Costos de nivelación de tierras con el equipo ($/unidad de medida del concepto).

Estos indicadores podrán revisarse de acuerdo a la autorización que al efecto expida la SHCP, de acuerdo a lo que establece el artículo 70 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal del año 2001.

Para llevar a cabo la evaluación se asignará a cada Estado como máximo un 2% de la suma de las aportaciones federales y estatales correspondientes a los programas Hidroagrícolas.

2.6. De los Imprevistos y del Incumplimiento de las Asociaciones de Usuarios de Riego y de los Productores Beneficiarios de los Programas.

De los Imprevistos.

En el caso que durante el desarrollo de las obras se presenten trabajos no contemplados en los conceptos de proyecto original, el monto adicional de estos trabajos será cubierto en la misma proporción de la aportación de la CNA y las ACU o los productores del proyecto original.

Del Incumplimiento.

En caso de incumplimiento de las obligaciones que contraen los beneficiarios de los programas, en la construcción de las obras, el Comité Técnico del FOFAE suspenderá o cancelará su aportación; dichos beneficiarios no podrán participar en los mismos hasta que se regularice el cumplimiento de sus obligaciones.

En caso de incumplimiento de las obligaciones que en años anteriores han contraído los beneficiarios de los programas, en la adquisición de maquinaria, éstos responderán por los daños y perjuicios que ocasionen y se obligarán con el Comité Técnico a regresar la maquinaría y equipo en condiciones físicas y mecánicas adecuadas para su operación, en tanto no se regularicen no podrán participar en ningún programa de la CNA de la “Alianza para el Campo”. El Comité a su vez devolverá esta maquinaria y equipo a la CNA, para su reasignación correspondiente.

2.7. De las Empresas Constructoras y Prestadoras de Servicios.

Las empresas constructoras y de servicios que deseen participar en los programas para ser consideradas como empresas confiables deberán poner a disposición de las Gerencias de la CNA en los Estados, como mínimo:

Relación de maquinaria y equipo y su ubicación para su verificación e inspección.

Relación de personal técnico y administrativo con su respectiva currícula.

Listado de las obras y servicios que hayan ejecutado o prestado, las que serán revisadas por las Gerencias de la CNA en los Estados.

Manifestar por escrito y bajo protesta de decir verdad, que no están suspendidas y sancionadas por la SECODAM.

 

 

3. Programa de Rehabilitación y Modernización de Distritos de Riego.

3.1. Objetivo.

Utilizar de manera más eficiente el recurso agua, desde la red de conducción y distribución hasta la parcela, mediante acciones de rehabilitación y modernización de la infraestructura de los distritos de riego, a fin de reducir los volúmenes empleados en el riego y contribuir a incrementar la productividad agrícola y preservar la calidad de los suelos y/o recuperar los que estén afectados por salinidad y/o falta de drenaje.

Las acciones que se incluyen en el programa, se encaminan a la realización de las obras necesarias para reducir las pérdidas de agua desde la red de conducción y distribución hasta la parcela y mejorar las condiciones para su manejo, aumentando la disponibilidad de agua y logrando el aprovechamiento de la dotación con mayor eficiencia para:

Incrementar la eficiencia de conducción, distribución y aplicación del agua.

Preservar el recurso agua en las fuentes de abastecimiento para contribuir a cubrir los requerimientos de agua de los diferentes usuarios de la cuenca.

Mejorar las condiciones de operación en los Distritos de Riego.

Mejorar la calidad y oportunidad del servicio de riego.

Incrementar la producción y productividad en los Distritos de Riego.

3.2. Población Objetivo.

Las acciones de este programa se dirigen a los 506,317 usuarios (ejidatarios y pequeños propietarios) representados en las 439 ACU, a las que les ha sido concesionada la infraestructura hidroagrícola para el riego de 3’309,761 hectáreas, así como las 10 SRLDR, a las cuales se les concesionó la red mayor, ubicados en 30 Estados.

3.3. Componentes Generales de Apoyo.

Los recursos federales que otorga la Comisión Nacional del Agua para el presente ejercicio fiscal en este programa podrán ser de hasta $581’800,000.00 (quinientos ochenta y un millones ochocientos mil pesos 00/100 M.N.).

Los apoyos de este programa, podrán otorgarse a los módulos de riego y red mayor de distribución de los Distritos de Riego concesionados, a través de las ACU y de las SRLDR.

Los apoyos se podrán destinar a:

Infraestructura:

Rehabilitar o modernizar canales.

Rehabilitar pozos y plantas de bombeo de propiedad federal.

Construir estructuras modernas de control y medición del agua.

Sistemas de riego que reduzcan los volúmenes de agua empleados, como pueden ser los de riego en baja y alta presión o riego a la demanda.

Equipo:
Equipo y mecanismos para estructuras modernas de control y medición del agua.

Estudios y proyectos:

Elaboración de estudios y proyectos ejecutivos, de las obras correspondientes.

Para llevar a cabo las acciones anteriormente descritas y adquirir el equipo, la Comisión Nacional del Agua podrá aportar hasta el 50% de la inversión autorizada y los productores el porcentaje restante, a través de las ACU o de las SRLDR, excepto en el riego a la demanda, en el cual la aportación máxima del gobierno federal será del 25%.

Entendiéndose como riego a la demanda, la instalación de un sistema de riego con tubería a presión, que permite al usuario poder aplicar el riego con la oportunidad y cantidad que lo requiera, en virtud de que cuenta con la disponibilidad de agua en forma permanente en su lote.

La aportación total de la Comisión Nacional del Agua para este programa será como sigue:

De hasta $15,000.00 (quince mil pesos 00/100 M.N.) por hectárea para las obras de rehabilitación y modernización.

De hasta $7,500.00 (siete mil quinientos pesos 00/100 M.N.) por hectárea para acciones correspondientes al riego a la demanda.

El Gobierno del Estado podrá otorgar recursos que se aplicarán en la parte correspondiente a los productores. Dichos recursos podrán ser diferenciados, de conformidad con la estratificación de productores que acuerde el Consejo Estatal para el Desarrollo Rural Sustentable o su equivalente, a propuesta del Subcomité Hidroagrícola del FOFAE.

La elaboración de los proyectos ejecutivos de las obras, formará parte integral de la rehabilitación y modernización de la infraestructura, por lo que la CNA aportará el 50% y los productores que conforman a las ACU y las SRLDR aportarán el 50% restante. El monto máximo que el Gobierno Federal podrá aportar en este rubro será de hasta $1’300,000.00 (un millón trescientos mil pesos 00/100 M.N.) por proyecto.

Los apoyos federales se otorgarán por única vez para:

Rehabilitar y/o modernizar el mismo tramo de canal.

Rehabilitar el mismo pozo o la misma planta de bombeo.

Construir, rehabilitar o modernizar las mismas estructuras de control o medición.
Sistemas de riego de baja y alta presión.

Sistemas de riego a la demanda.

Las acciones y recursos para la administración, operación y conservación de los módulos de riego y red mayor de distribución de los Distritos de Riego concesionados, así como las áreas rehabilitadas y modernizadas con apoyo de recursos federales son responsabilidad de las ACU y las SRLDR.

Si para el 30 de mayo del año 2003, los Estados, Municipios y Usuarios no aportan oportunamente los recursos económicos a los que se comprometan en los convenios y acuerdos, la CNA podrá reasignar a otros Estados los recursos previstos en este programa.

Es importante señalar que los FOFAES deberán reportar a más tardar a finales de febrero del año 2004, los saldos derivados de las aportaciones federales de los ejercicios precedentes. Estos saldos formarán parte de la aportación federal que se aplique en dicho año.

Por otra parte, los pagos que realicen los productores, del 1 de enero al 30 de septiembre del año 2003, para cubrir completamente las anualidades pactadas al año 2003 por concepto del financiamiento que les fue otorgado para las acciones realizadas en el Programa de Desarrollo Parcelario, a petición del propio productor le serán reintegrados a través de la Comisión Nacional del Agua conforme a la normatividad vigente, siempre y cuando sean aplicados en dicho programa o en el Programa de Rehabilitación y Modernización de Distritos de Riego conforme a sus Reglas de Operación, con la salvedad de que esta aportación será aplicada como 100% federal no sujeta a participación de los usuarios.

De igual forma serán beneficiados los productores que del 1 de enero al 30 de septiembre del año 2003 realicen pagos para cubrir anualidades pactadas posteriores al año 2003, siempre y cuando estén al corriente en sus pagos.

3.4. Requisitos y Criterios de Elegibilidad.

Para participar en el Programa Rehabilitación y Modernización de Distritos de Riego de la Alianza para el Campo, las ACU y SRLDR, deberán presentar lo siguiente:

Solicitud por escrito de los beneficiarios para inscribirse al programa.

Carta compromiso de aportación de recursos para la realización de las obras o para la adquisición del equipo convenido, según sea el caso. Esta podrá ser acompañada por comprobantes de otras instancias gubernamentales o privadas que se comprometan a apoyar a los usuarios total o parcialmente.

Para el caso de acciones interparcelarias y/o parcelarias ya ejecutadas en años anteriores por la ACU correspondiente, a través del Programa de Desarrollo Parcelario, comprobante de estar al corriente del pago de las anualidades convenidas.

Proyecto ejecutivo de las obras a realizar, autorizado por la CNA. El proyecto deberá contener diagramas o planos y suministro de insumos, programa de ejecución, número de hectáreas y productores beneficiados, así como análisis y selección de la opción más viable con su presupuesto para la ejecución de los trabajos.

El proyecto ejecutivo presentado deberá ser parte del proyecto de rehabilitación y modernización del distrito de riego correspondiente, consignado en el Plan de Acciones para la Rehabilitación y Modernización de Distritos de Riego.

Dictamen técnico, socioeconómico y financiero emitido por la CNA, en el que se establece la factibilidad de realizar las obras que permitan eficientar el manejo, control, distribución del agua, así como la recuperación de suelos salinos, o para adquirir el equipo solicitado, así como el programa calendarizado de obras, para la ejecución de los trabajos. El dictamen antes referido deberá emitirse por la CNA a más tardar 30 días naturales posteriores a la presentación de los proyectos, siempre y cuando los proyectos presentados cumplan con toda la información que se indica en las presentes Reglas. En caso de que la CNA no emita el dictamen en el plazo antes señalado, el proyecto se considerará como dictaminado favorablemente.

Los criterios para priorizar los proyectos y obras que son elegibles de participar y recibir los beneficios del programa, son los siguientes:

Los que alcancen una mayor eficiencia en el uso del agua.

Aquellos proyectos en que las ACU y/o SRLDR convengan con la CNA en renunciar en su título de concesión a los volúmenes de agua que se ahorren como consecuencia de las acciones realizadas con este programa, en una proporción igual a la de la inversión que dentro de este programa realice la CNA en el Distrito de Riego beneficiado.

Los que sean más rentables.

Los que tengan un mayor número de beneficiarios.

Que cuenten las ACU y SRLDR con disponibilidad de recursos, para lo cual dispondrán de 30 días naturales, contados a partir de la dictaminación de factibilidad al proyecto por parte de la CNA.

3.5. Especificaciones Técnicas del Programa.

Los materiales y equipos que se utilicen en la Rehabilitación y Modernización de la Infraestructura Hidroagrícola de los Distritos de Riego deberán cumplir con las especificaciones para construcción de las obras, autorizadas por la CNA contenidas en el Catálogo de los Proyectos Ejecutivos.

 

4. Programa de Desarrollo Parcelario.

4.1. Objetivo.

Mantener en condiciones óptimas de servicio y funcionamiento la infraestructura hidráulica, en apoyo a la agricultura, mediante la adquisición de maquinaria y equipo idóneo para la conservación de las obras existentes.
Mejorar el servicio de riego e incrementar el uso eficiente del agua a nivel parcela a través de la nivelación de tierras.

4.2. Población Objetivo.

Los apoyos de este programa están dirigidos a los 506,317 usuarios (ejidatarios y pequeños propietarios) representados en las 439 ACU, a las que les ha sido concesionada la infraestructura hidroagrícola para el riego de 3’309,761 hectáreas de los Distritos de Riego, ubicados en 30 Estados.

4.3. Componentes Generales de Apoyo.

Los recursos federales que se otorgan para el presente ejercicio fiscal en este programa son de $510,000.00 (quinientos diez mil pesos 00/100 M.N.).
Los apoyos a este programa se otorgarán por única vez, hasta completar el parque óptimo de maquinaria de las ACU y las SRLDR en los siguientes conceptos:

Adquisición de maquinaria y equipo de conservación: tractor bulldozer, excavadora hidráulica de largo y mediano alcance, retroexcavadora/cargadora, motoconformadora, camión de volteo, grúa hidráulica sobre camión; tractocamión con cama baja, tractor agrícola con equipo ligero de conservación de canales y drenes; equipo ligero de conservación de canales y drenes.

Adquisición de maquinaria y equipo para nivelación de tierras consistente en: tractor agrícola, transmisor-receptor láser, escrepas acarreadoras y/o niveladoras.

Para la componente contemplada en este programa, la CNA podrá aportar hasta el 50% del costo total y los usuarios beneficiados el porcentaje restante.

El Gobierno del Estado podrá otorgar recursos que se aplicarán en la parte correspondiente a los productores.

La suma de las aportaciones del Gobierno Federal para la adquisición de maquinaria y equipo en una ACU o SRLDR podrá ser hasta por un monto de $2’000,000.00 (dos millones de pesos 00/100 M.N.) por año.

Si para el 30 de mayo del año 2003, los Estados, Municipios y Usuarios no aportan oportunamente los recursos económicos a los que se comprometan en los convenios y acuerdos, la CNA podrá reasignar a otros Estados los recursos previstos en este programa.

Es importante señalar que los FOFAES deberán reportar a más tardar a finales de febrero del año 2004, los saldos derivados de las aportaciones federales de los ejercicios precedentes. Estos saldos formarán parte de la aportación federal que se aplique en dicho año.

Por otra parte, los pagos que realicen los productores, del 1 de enero al 30 de septiembre del año 2003, para cubrir completamente las anualidades pactadas al año 2003 por concepto del financiamiento que les fue otorgado para las acciones realizadas en el Programa de Desarrollo Parcelario, a petición del propio productor le serán reintegrados a través de la Comisión Nacional del Agua conforme a la normatividad vigente, siempre y cuando sean aplicados en dicho programa o en el Programa de Rehabilitación y Modernización de Distritos de Riego conforme a sus Reglas de Operación, con la salvedad de que esta aportación será aplicada como 100% federal no sujeta a participación de los usuarios.

De igual forma serán beneficiados los productores que del 1 de enero al 30 de septiembre del año 2003 realicen pagos para cubrir anualidades pactadas posteriores al año 2003, siempre y cuando estén al corriente en sus pagos. Se modifica de acuerdo a lo establecido en DOF del 24 de diciembre de 2003, para quedar de acuerdo a lo siguiente:

Por otra parte, los pagos que realicen los productores, del 1 de enero al 30 de septiembre del año 2003, para cubrir completamente las anualidades pactadas al año 2003 por concepto del financiamiento que les fue otorgado para las acciones realizadas en el Programa de Desarrollo Parcelario, a petición del propio productor le serán reintegrados a través de la Comisión Nacional del Agua conforme a la normatividad vigente, siempre y cuando sean aplicados en dicho programa o en el Programa de Rehabilitación y Modernización de Distritos de Riego conforme a sus Reglas de Operación, con la salvedad de que esta aportación será aplicada como 100% federal no sujeta a participación de los usuarios.

De igual forma serán beneficiados los productores que del 1 de enero al 30 de septiembre del año 2003 realicen pagos para cubrir anualidades pactadas posteriores al año 2003, siempre y cuando estén al corriente en sus pagos.

A solicitud de los productores, los recursos económicos que les serán reintegrados podrán aplicarse para cubrir anualidades anticipadas. En este caso, los montos que se destinen para tal fin, ya no les serán reintegrados nuevamente.

Para hacer efectivo este beneficio, las ACU presentarán a la CNA sus comprobantes de pago correspondientes, y señalarán mediante un escrito libre anexo, el destino de los recursos a reintegrar, ya sea para el pago anticipado de anualidades o para su aplicación en acciones de los programas sujetos a este beneficio. Para emitir su resolución sobre la procedencia de la devolución de recursos, la CNA dispondrá de un plazo máximo de 45 días hábiles.

4.4. Requisitos y Criterios de Elegibilidad.

Los usuarios que soliciten los apoyos del Programa deberán cumplir cabalmente con los requisitos de elegibilidad, así como los que sean beneficiados participarán, ejecutarán y supervisarán los procesos de determinación, licitación, contratación y recepción de las unidades de maquinaria y/o equipo, además en el caso de las solicitudes no autorizadas, se notificará a los usuarios el motivo de esta decisión.

Sólo podrán participar las ACU y SRLDR que presenten:

Constancia de estar al corriente del pago de las anualidades del programa de desarrollo parcelario (PRODEP), expedida por la Gerencia de la CNA en el Estado.

Validación por la Gerencia de la CNA en el Estado, de que la maquinaria y equipo solicitada está dentro del parque óptimo requerido por la ACU o SRLDR conforme al balance de maquinaria calculado en función de necesidades medias anuales de conservación normal de infraestructura versus inventarios de maquinaria 2002.

Carta compromiso de aportación de recursos para la adquisición del equipo convenido.

Conforme al diagnóstico de necesidades medias anuales de conservación, el programa de trabajo factible de realizar por la unidad durante su vida útil en la conservación de infraestructura o nivelación de tierras, según el caso, autorizados por la CNA.

Carta-compromiso de la solvencia económica de la ACU o SRLDR para la operación, mantenimiento y aseguramiento de la unidad.

Presupuesto para la adquisición de la unidad.

Programa de utilización de maquinaria y equipo de la unidad en su primer año.

Adicionalmente, las propuestas de adquisición de maquinaria y equipo elegibles de participar en los beneficios del programa se priorizarán tomando en cuenta el balance e inventarios de maquinaria y equipo bajo el siguiente esquema:

Para completar el parque óptimo requerido, en primer término beneficiando a las ACU y SRLDR que al momento de solicitud cuenten con menos del 50% de las unidades necesarias.

Que cuenten las ACU y SRLDR con disponibilidad de recursos.

En el caso de que las solicitudes excedan el monto anual asignado al programa, el Subcomité Hidroagrícola seleccionará a las ACU que tienen derecho a los apoyos del mismo, evaluando con el balance de maquinaria conforme a las necesidades medias anuales de conservación de cada ACU y/o SRLDR su justificación para la adquisición.

4.5. Especificaciones Técnicas del Programa.

La maquinaria y equipo deberán ser nuevos y cumplir con las especificaciones técnicas autorizadas para la adquisición de maquinaria y equipo de conservación y para nivelación de tierras.

La CNA establecerá en los manuales de operación las especificaciones técnicas para la adquisición de maquinaria y equipo de conservación y para nivelación de tierras, así como lo relativo a los procesos de licitación y mecánica operativa de este programa.

5. Programa de Uso Eficiente del Agua y la Energía Eléctrica.

5.1. Objetivo.

Propiciar el ahorro de agua y la energía eléctrica mediante la rehabilitación de plantas de bombeo, de pozos y equipos de bombeo para riego agrícola, localizados en las URDERALES, así como de los pozos particulares ubicados dentro de los Distritos de Riego. El programa se aplicará en todos los Estados de la República Mexicana.

5.2. Población Objetivo.

Podrán ser beneficiarios de este programa los productores agrícolas, ejidatarios, colonos, comuneros, pequeños propietarios, asociaciones de productores y sociedades civiles y mercantiles, que requieran bombeo para riego agrícola en las URDERALES, así como los productores propietarios de pozos ubicados dentro de los Distritos de Riego.

En el país existen 39,492 Unidades de Riego que riegan 2’956,032 hectáreas, que por su tamaño se encuentran localizadas en forma dispersa dentro de los Municipios, Estados y regiones del país.

5.3. Componentes Generales de Apoyo.

Los recursos federales que se otorgan para el presente ejercicio fiscal en este programa podrán ser de hasta $31’500,000.00 (treinta y un millones quinientos mil pesos 00/100 M.N.).

Se podrán otorgar apoyos para:

a) Sistema pozo-equipo electromecánico de bombeo el cual comprende: la rehabilitación del pozo, equipo de bombeo, motor eléctrico, sistema eléctrico y tendido de hasta 300 metros de línea eléctrica en alta tensión.

b) Sistemas de rebombeo que comprende: la rehabilitación del equipo de bombeo, motor eléctrico y sistema electromecánico y hasta 300 metros de línea eléctrica en alta tensión.

c) Sistemas de plantas de bombeo consistentes en: la rehabilitación del equipo de bombeo, motor eléctrico y sistema electromecánico y hasta 300 metros de línea eléctrica en alta tensión.

d) Adquisición de maquinaria y equipo para la conservación y mantenimiento del conjunto pozo-equipo electromecánico de bombeo y zona interparcelaria y parcelaria.

e) Cambio de sistema de bombeo accionado por motor de combustión interna a sistema accionado con motor eléctrico el cual consiste en: la adquisición del motor eléctrico, bomba, sistema eléctrico y tendido de hasta 300 metros de línea eléctrica en alta tensión.

f) Adquisición e instalación de medidores volumétricos.

g) Suministro e instalación de sistemas de riego de alta y baja presión en la parcela.

h) Suministro e instalación de tubería de conducción interparcelaria y parcelaria.

Los apoyos se podrán otorgar conforme a lo siguiente:

Para los trabajos comprendidos en los incisos a), b), c) y e) del presente punto, el Gobierno Federal podrá apoyar hasta con el 50% del costo total y en ningún caso la aportación federal será mayor a $110,000.00 (ciento diez mil pesos 00/100 M.N.) por sistema y por única vez y hasta un máximo de tres sistemas por productor.

En el caso de que los productores agrícolas beneficiados requieran apoyos para los trabajos de los incisos d), f), g) y h) de este mismo punto, éstos se otorgarán conforme a lo siguiente:

El Gobierno Federal podrá otorgar apoyos para la adquisición y suministro de medidores volumétricos de hasta el 50% del costo total por pozo y hasta $11,000.00 (once mil pesos 00/100 M.N.) por pozo y por única vez.

Para el suministro e instalación de sistemas de riego de baja y alta presión en la parcela y tubería de conducción parcelaria e interparcelaria, el Gobierno Federal podrá apoyar hasta con el 50% del costo total y hasta $10,000.00 (diez mil pesos 00/100 M.N.) por hectárea y por productor con una superficie máxima de 30 hectáreas y por única vez.

Para la adquisición de maquinaria y equipo a las unidades de riego organizadas, el Gobierno Federal podrá apoyarlas hasta con el 50% del costo total sin exceder un máximo de $1´750,000.00 (un millón setecientos cincuenta mil pesos 00/100 M.N.) por única vez y para cada S. de R.L. el equipo que se podrá adquirir, previa justificación ante la CNA, consistirá en una grúa con pluma y malacate montada sobre camión plataforma, equipo para mediciones hidráulicas y eléctricas, herramienta auxiliar para la instalación y desinstalación de equipo electromecánico de bombeo montada sobre camión plataforma y equipo de aforo; siempre y cuando sean más de 60 pozos; si resultan menos pozos se adquirirá la herramienta correspondiente y su tripié con polipasto.

El Gobierno del Estado, podrá otorgar apoyos diferenciados con sus recursos conforme a la estratificación de productores que acuerde el Consejo Estatal para el Desarrollo Rural Sustentable o su equivalente a propuesta del Comité Técnico del FOFAE.

Las organizaciones, empresas y sociedades de productores (personas morales), así como las personas físicas interesadas en participar de los beneficios del programa, podrán disponer de los apoyos federales por única vez por pozo, para la misma planta de bombeo, el mismo conjunto pozo-equipo electromecánico de bombeo o rebombeo y para la misma superficie, para tamaños de predios que establezca el Consejo Estatal para el Desarrollo Rural Sustentable, otorgando prioridad a los productores con una superficie máxima de 30 hectáreas.

Adicionalmente y con objeto de avanzar en materia de asistencia técnica y capacitación a los productores de bajos ingresos, se buscará coordinar acciones y recursos presupuestarios con los Gobiernos Estatales para otorgar apoyos conjuntos que garanticen la viabilidad de las rehabilitaciones a los sistemas pozo-equipo electromecánico de bombeo y rebombeo y a los sistemas de riego instalados.

Si para el 30 de mayo del año 2003, los Estados, Municipios y Usuarios no aportan oportunamente los recursos económicos a los que se comprometan en los convenios y acuerdos, la CNA podrá reasignar a otros Estados los recursos previstos en este programa.

Por otra parte, los FOFAES deberán reportar a más tardar a finales de febrero del año 2004, los saldos derivados de las aportaciones federales de los ejercicios precedentes. Estos saldos formarán parte de la aportación federal que se aplique en dicho año.

5.4. Requisitos y Criterios de Elegibilidad.

Para participar en el Programa de Uso Eficiente del Agua y la Energía Eléctrica de la Alianza para el Campo, los productores, ejidatarios, colonos, comuneros, pequeños propietarios, asociaciones de productores y sociedades civiles o mercantiles dedicadas a la producción agrícola, deberán presentar lo siguiente:

Carta en la que declare bajo protesta de decir verdad, que no ha recibido apoyos de los programas de Fertirrigación y Tecnificación de la Agricultura de Riego por Bombeo de la SAGARPA, en la instalación de sistemas de riego de compuertas y en la rehabilitación de la planta de bombeo o del sistema pozo-equipo electromecánico de bombeo o rebombeo.

Acreditar estar inscritos en el Registro Público de Derechos de Agua de la CNA, en adelante denominado como el REPDA, o bien, que se encuentren en trámite de regularización.

Que el pozo sea de uso agrícola.

Que los parámetros de la “Inspección Previa” sean iguales o menores al 40% de eficiencia de acuerdo a la Norma Oficial Mexicana (NOM-006-ENR-1995).

Con base en la disponibilidad presupuestal, las solicitudes que hayan cumplido con los requisitos de elegibilidad y dictamen técnico y financiero se jerarquizarán conforme a la siguiente secuencia de criterios:

Nivel de marginalidad de los beneficiarios.

El pozo cuyo indicador de estudio y evaluación socioeconómica sea más redituable económicamente.

El pozo que beneficie a un mayor número de productores.

Aquellos proyectos en que las ACU y/o SRLDR convengan con la CNA en renunciar en su título de concesión a los volúmenes de agua que se ahorren como consecuencia de las acciones realizadas con este programa, en una proporción igual a la de la inversión que dentro de este programa realice la CNA en la Unidad de Riego beneficiada.

5.5. Especificaciones Técnicas del Programa.

Los equipos de bombeo y los materiales que se utilicen en la rehabilitación o equipamiento de pozos; en la conducción interparcelaria; en los proyectos parcelarios con tubería tipo multicompuertas y en los medidores volumétricos, deberán apegarse a lo establecido en las especificaciones técnicas del proyecto constructivo autorizado por la CNA.

 

6. Programa de Uso Pleno de la Infraestructura Hidroagrícola.

6.1. Objetivo.

Construcción, rehabilitación, complementación, ampliación y modernización de la infraestructura de captación, conducción y distribución del agua en las URDERALES, a fin de eficientar la Infraestructura Hidroagrícola. El programa se aplicará en todos los Estados de la República Mexicana.

6.2. Población Objetivo.

Podrán participar de los beneficios de este programa los productores agrícolas, ejidatarios, colonos, comuneros, pequeños propietarios, asociaciones de productores o sociedades de producción mercantil dedicadas a la agricultura en las URDERALES.

En el país existen 39,492 Unidades de Riego que riegan 2’956,032 hectáreas, que por su tamaño se encuentran localizadas en forma dispersa dentro de los Municipios, Estados y regiones del país.

6.3. Componentes Generales de Apoyo.

Los recursos federales que se otorgan para el presente ejercicio fiscal en este programa podrán ser de hasta $112’744,700.00 (ciento doce millones setecientos cuarenta y cuatro mil setecientos pesos 00/100 M.N.).

Los usuarios deberán entregar carta compromiso de aportación de recursos, para la realización de las obras o para la adquisición del equipo convenido, según sea el caso.

Para el otorgamiento de los apoyos, la Gerencia de la CNA en el Estado conjuntamente con el Gobierno del Estado, SAGARPA y la URDERAL, elaboran los Diagnósticos Conjuntos, en adelante denominados DICOS, documentos que reúnen la información necesaria sobre la infraestructura instalada, sus requerimientos y los aspectos sociales de la Unidad.

Los DICOS son indispensables al presentar su solicitud para participar en el programa y una vez analizados con los usuarios se toman las decisiones para priorizar el otorgamiento de los apoyos en los siguientes componentes:

Elaboración del proyecto ejecutivo.

Rehabilitar, concluir, complementar, mejorar, ampliar y modernizar la infraestructura existente en las URDERALES en el siguiente componente:

Sistemas de Riego en baja y alta presión.

Las obras que se podrán incluir en el programa son:

Obras de cabeza: pequeñas presas de almacenamiento con capacidad de hasta 75 millones de m3, presas derivadoras con capacidad de derivación de hasta 5.0 m3/seg., así como otros aprovechamientos, tales como tomas directas con capacidad de hasta 0.5 m3/seg., pozos, plantas de bombeo.

Sistemas de conducción y distribución de: tramos muertos, canales, tuberías, estructuras de operación y control, estructuras de medición, medidores, derivadotas y tanques reguladores.

Nivelación de tierras.

El cambio en los sistemas de riego existentes por otros tendientes al empleo de tecnologías que mejoren la eficiencia en el empleo del agua (revestimiento de canales, riego entubado y sistemas de riego de baja y alta presión).

Red de drenaje o estructuras inherentes, cuya construcción contribuirá al mejoramiento de la operación de la Unidad de Riego y evitar su ensalitramiento.

Red de caminos dentro de la Unidad de Riego y sus estructuras que contribuyan al mejoramiento de la Unidad de Riego y que servirán para la operación y mantenimiento de la infraestructura.

Estructuras de protección para la conservación y protección de la infraestructura en plantas de bombeo y en la red de conducción, distribución, drenaje y de caminos.

Actualizar el inventario de las Unidades de Riego en la entidad correspondiente.

Supervisión de las obras.

Capacitación.

Organización de Unidades de Riego.

Rehabilitación de la Infraestructura de Riego (interparcelario).

Los apoyos se otorgarán conforme a lo siguiente:

Para la elaboración de los Proyectos Ejecutivos el apoyo federal podrá ser de hasta el 10% del monto total del costo global de la obra y la aportación federal no podrá ser mayor de $365,000.00 (trescientos sesenta y cinco mil pesos 00/100 M.N.) por URDERAL.

Para la rehabilitación, conclusión, complementación, mejoramiento, ampliación y modernización de las URDERALES la aportación del Gobierno Federal podrá ser de hasta el 50% del total de la inversión global considerada en el proyecto y hasta un máximo de $10,000.00 (diez mil pesos 00/100 M.N.) por hectárea y por productor con un máximo de 30 hectáreas.

En el caso de unidades de riego cuya obra de cabeza sea pozo o planta de bombeo y que hayan recibido apoyo del Programa de Uso Eficiente del Agua y la Energía Eléctrica en todo su conjunto o en parte de éste, no tendrán derecho a los beneficios del Programa de Uso Pleno de la Infraestructura Hidroagrícola en los componentes ya beneficiados.

El Gobierno del Estado, podrá otorgar apoyos diferenciados con recursos estatales conforme a la estratificación de productores que acuerde el Consejo Estatal para el Desarrollo Sustentable a propuesta del Comité Técnico del FOFAE.

Las organizaciones, empresas y sociedades de productores (personas morales), como las personas físicas interesadas en participar de los beneficios del programa, podrán disponer por única vez y para la misma superficie de los apoyos federales para la rehabilitación, conclusión, complementación, mejoramiento, ampliación y modernización de las URDERALES, para tamaños de predios que establezca el Consejo Estatal para el Desarrollo Rural Sustentable otorgando prioridad a los productores con una superficie máxima de 30 hectáreas.

Para la adquisición de maquinaria y equipo ligero, el Gobierno Federal a través de la CNA podrá aportar el 50% de los recursos y las SRL el porcentaje restante, que será por única vez para comprar maquinaria y equipo para operación y conservación de la infraestructura hidroagrícola hasta completar el “parque óptimo” de la SRL.

La suma de las aportaciones del Gobierno Federal en las componentes de apoyo técnico, obras interparcelarias y parcelarias, maquinaria y equipo en una S. de R.L. podrá ser hasta por un monto de $2’500,000.00 (dos millones quinientos mil pesos 00/100 M.N.) por año.

Si para el 30 de mayo del año 2003, los Estados, Municipios y Usuarios no aportan oportunamente los recursos económicos a los que se comprometan en los convenios y acuerdos, la CNA podrá reasignar a otros Estados los recursos previstos en este programa.

Por otra parte, los FOFAES deberán reportar a más tardar a finales de febrero del año 2004, los saldos derivados de las aportaciones federales de los ejercicios precedentes. Estos saldos formarán parte de la aportación federal que se aplique en dicho año.

6.4. Requisitos y Criterios de Elegibilidad.

Para participar en el Programa de Uso Pleno de la Infraestructura Hidroagrícola en los conceptos de Proyectos Ejecutivos y Obra, los productores agrícolas, ejidatarios, colonos, comuneros, pequeños propietarios, asociaciones de productores y sociedades civiles o mercantiles dedicadas a la producción agrícola, deberán presentar lo siguiente:

1. Para los Proyectos Ejecutivos:

Carta en la que declare bajo protesta de decir verdad, que no ha recibido apoyos de los programas de Fertirrigación y Tecnificación de la Agricultura de Riego por Bombeo de la SAGARPA en la instalación de sistemas de riego de compuertas y en la reposición de pozos.

Título de concesión, constancia o bien trámite de regularización ante el REPDA.
Presentar el DICO de la URDERAL.

2. Para las obras a realizar:

Título de concesión, constancia o bien trámite de regularización ante el REPDA.

El DICO de la URDERAL.

El proyecto ejecutivo que contenga las características y especificaciones de los trabajos a realizar.

Estudio y evaluación socioeconómica de las obras a realizar.

Con base en la disponibilidad presupuestal, las solicitudes que hayan cumplido con los requisitos de elegibilidad y dictamen técnico y financiero se jerarquizarán conforme a las siguientes secuencias de criterios:

Nivel de marginalidad de los beneficiarios.

Indicadores del estudio y evaluación socioeconómica.

La Unidad que otorgue beneficio a un mayor número de productores.

La Unidad cuyas condiciones de infraestructura estén más deterioradas.

Aquellos proyectos en que las ACU y/o SRLDR convengan con la CNA en renunciar en su título de concesión a los volúmenes de agua que se ahorren como consecuencia de las acciones realizadas con este programa, en una proporción igual a la de la inversión que dentro de este programa realice la CNA en la Unidad de Riego beneficiada.

6.5. Especificaciones Técnicas del Programa.

Los materiales y equipos que se utilicen en la terminación, complementación, ampliación y rehabilitación de la infraestructura, deberán cumplir con las especificaciones de construcción del proyecto ejecutivo autorizado por la CNA.

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